Salud reproductiva. Con las reformas aprobadas, las mujeres hidalguenses acceden al procedimiento de forma gratuita y segura tanto en la entidad como en la CdMx en clínicas públicas.

Entre julio de 2021 y marzo de 2022 un total de 352 mujeres se han practicado una interrupción legal de embarazo tanto en Hidalgo como en la Ciudad de México tras la entrada en vigor de las reformas que lo permiten en el estado.

A las clínicas de la capital del país han acudido 35 mujeres hidalguenses entre julio de 2021 -mes en que comenzó a ser legal en Hidalgo– y febrero de 2022, de acuerdo con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.

De abril de 2007 al 30 de junio de 2021, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México reportó que mil 317 mujeres hidalguenses interrumpieron su embarazo hasta antes de que el procedimiento fuera legal en la entidad.

Entre julio de 2021 y febrero de 2022 la cifra llegó mil 352 mujeres de Hidalgo que interrumpieron su embarazo en la Ciudad de México ya con las reformas en vigor en el estado.

Con las mil 352 interrupciones legales del embarazo en el centro del país Hidalgo se colocó en el cuarto lugar a nivel nacional.

En el primer sitio se encuentra la Ciudad de México con 169 mil 551, seguida del Estado de México con 66 mil 989 y Puebla con mil 546.

El 30 de junio de 2021 los diputados locales aprobaron con 16 votos a favor y una abstención las reformas al Código Penal y la Ley de Salud con lo que se permite la interrupción legal del embarazo en el estado hasta la doceava semana de gestación.

La noche del 6 de julio, el gobernador del estado Omar Fayad Meneses publicó las reformas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo a través del Decreto número 728, las cuales entraron en vigor al día siguiente.

La reforma al Código Penal establece que el aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación.

Se le impondrá de seis meses a un año de prisión y de 10 a 40 días multa a la mujer que cometa el delito de aborto. Igual pena se aplicará a quien haga abortar a la mujer con consentimiento de ésta.

En la reforma a la Ley de Salud se señala que las instituciones públicas, privadas y sociales que presten servicios de salud en el estado de Hidalgo deberán proveer el servicio para la interrupción legal del embarazo de forma gratuita y en condiciones de calidad y salubridad que garanticen la dignidad humana de las mujeres.

La reforma del Código Penal establece también que a quien cometa el delito de aborto forzado se le aplicará una pena de tres a siete años de prisión y de 40 a 150 días multa, y si mediare violencia, se impondrá de cuatro a nueve años de prisión y de 50 a 200 días multa.

Si el delito de aborto lo comete un médico partero, enfermero o practicante de medicina además de las penas que le correspondan, se impondrá al responsable la suspensión del ejercicio profesional por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Las y los médicos a quienes corresponda practicar la interrupción legal del embarazo y cuyas creencias sean contrarias a tal procedimiento podrán ser objetores de conciencia y por tal razón excusarse de intervenir en la interrupción legal del embarazo teniendo la obligación de referir a la mujer con un médico no objetor.

Cuando sea urgente la interrupción legal del embarazo para salvaguardar la salud o la vida de la mujer, no podrá invocarse la objeción de conciencia.

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